Introducción al nuevo etiquetado de los productos químicos

En este artículo se hace un repaso a los principales cambios en cuanto a la clasificación y etiquetado de sustancias y mezclas derivados de la publicación del Reglamento CLP, haciendo especial hincapié en las nuevas etiquetas, indicaciones de peligros (frases H) y consejos de prudencia (frases P) y su inclusión en las Fichas de Datos de Seguridad.

Contenido del artículo

La mayoría de personas utilizamos en mayor o menor medida productos químicos, ya sea en nuestro trabajo, en las fábricas o en la industria química pero también en obras de construcción, oficinas. También fuera del mismo, en casa, donde podemos tener  productos de limpieza (lejía, detergentes), pegamentos, pinturas, biocidas y otros. Por ello nos habremos fijado que los envases que los contienen llevan una etiqueta que, entre otra información, nos advierte de los peligros que pueden derivarse de su uso y las medidas preventivas a adoptar para evitarlos.

Desde el 1/06/2015 es obligatorio que sean clasificados y etiquetados de acuerdo con el Reglamento CLP(1272/2008) de clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas. Se excluyen los productos cosméticos que tienen que cumplir otra legislación.

Esta normativa, armonizada en la Unión Europa, introduce una serie de cambios en los elementos de las etiquetas:

  • Los  pictogramas, con forma de rombo, que indican la naturaleza de los peligros asociados a la utilización de sustancias o mezclas peligrosas sustituyen a los de forma cuadrada y se añaden tres nuevos.
  • Palabras de advertencia (atención, peligro).
  • Indicaciones de peligro (frases H) y consejos de prudencia (frases P), sustituyen a las frases R (riesgos específicos) y  S (consejos de prudencia), aunque no tienen equivalencia en la totalidad de los casos.
  • Otra información sobre el producto y el proveedor.

Toda la información debe estar en la lengua oficial de cada país donde se comercialice el producto químico. Cada pictograma deberá ocupar al menos 1/15 parte de la superficie de la etiqueta y su superficie mínima en ningún caso será inferior a 1cm2. Las dimensiones mínimas de las etiquetas dependerán de la capacidad de los envases utilizados.

Estos cambios también afectan al contenido de las Fichas de Datos de Seguridad (FDS). Las FDS son la principal herramienta de información sobre los peligros y las medidas preventivas que se deben adoptar para las sustancias y mezclas en la cadena de suministro de los mismas, en los apartados correspondientes a la clasificación de peligrosidad del producto como sustancia, mezcla o de sus componentes.

Más información

Para más información clicar en el siguiente enlace:

Información sobre el Reglamento CLP en el Portal PRL de Asepeyo

Santos Huertas Ríos
Director Área de Higiene Industrial
Asepeyo

 

L3E16003
  • Fecha de publicación: 27/03/2018
  • Categorías: Novedades legislativas
  • Formato: Artículos
  • Idioma: Español
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